actuando con rango constitucional, declara terminado el procedimiento por abandono del trámite, correspondiente a la solicitud de Amparo Constitucional, incoada por la abogada Patricia Carvallo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.395, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Enrichetta Scaricamazza, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 7.928.341, contra las presuntas violaciones de derechos y garantías constitucionales por parte de la Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de éste Circuito Judicial de Protección, Abg. Arrimar Cáceres; y así se decide.