En mérito de las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALEMENTE CON LUGAR la apelación interpuestas en fecha veinte (20) de mayo de dos mil dos mil quince (2015), por la abogada NOHORA CRUZ, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 156.521, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana VERÓNICA SAVIO GÓMEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-14.021.456,contra la decisión dictada en fecha dieciocho (18) de mayo de dos mil quince (2015), por el Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolit.....