Revisadas las actas que conforman el presente asunto; y vista la diligencia de fecha 19/02/2013, suscrita por la ciudadana Nieves del Valle San Juan Herrera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nro. V.-6.368.188, debidamente asistida por la Abg. Geraldine López, en su carácter de Defensora Pública Vigésima de Protección del Área Metropolitana de Caracas, quien desiste del presente recurso en virtud de la apelación interpuesta en fecha 29/01/2013, contra la sentencia de Fijación de Obligación de Manutención, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, dictada en fecha 25 de enero de 2013, razón por la cual y de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil se da por consumado dicho desistimiento y procédase como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria; y así se declara.