CON LUGAR, el recurso de hecho interpuesto en fecha veintisiete (27) de octubre de 2015, por la abogado MAYERLI ROSALES, inscrita en el Inpreabogado bajo la matricula Nº 61.872, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE PARDO CARRASQUILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nºv- 12.953.990, contra la decisión de fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil quince (2015), dictado por el Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en la cual negó la apelación interpuesta por el abogado DAVID APONTE, en su carácter de autos, en contra de la decisión de fecha dos (02) de octubre de dos mil quince (2015). En consecuencia, se ordena oír y tramitar la referida apelación en un solo efecto, y así se decide.