PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17/11/2014, por la ciudadana THAIRY CAROLINA MONZON ROMERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-13.558.816, asistida por el abogado JESUS GARCIA NOVOA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 90.789, contra la decisión dictada en fecha doce (12) de noviembre de dos mil catorce (2014), por el Juez del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, en el asunto principal signado bajo el Nº AP51-V-2014-015240. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado en que el a quo aperture el lapso probatorio, por lo cual deberá dictar un auto donde exprese la conclusión de la fase de mediación de la audiencia preliminar conforme al artículo 470 de nuestra ley especial. TERCERO: SE ANULA la decisión de fecha doce (12) de noviembre de dos mil catorce (2014), dictada por el Juez del Tribunal Cuarto de Primera.....