RESOL./En el día de hoy se dictó sentencia mediante el cual DECLARA CON LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los abogados JAVIER SIMÓN GÓMEZ GONZALEZ y FRANCISCO NICOLAS OLIVO CÓRDOVA, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana NORIS RAMONA SIMOZA DE APONTE, en su carácter de Directora Docente del Centro de Educación Inicial Salto Aponwao, contra del ciudadano HECTOR D´ARTHENAY BRAVO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19, 22, 48, 78 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como de conformidad con los artículos 8, 11, 12, 41 y 53 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que se ORDENA DE FORMA INMEDIATA, al ciudadano HECTOR DOMINGO D´ARTHENAY BRAVO, y el restablecimiento de todos y cada uno de los Servicios Públicos que son requeridos para el funcionamiento del Centro de Educación Inicial Salto Aponwao, en beneficio de los niños que están escolarizados en dicha Institución.