/RESOLUC./En el día de hoy 10/04/2013 se publicó el extenso del fallo, ratificando en todas y cada una de sus partes sentencia la presente causa, dictada por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio, en fecha 12/07/2011, en beneficio de la niña (Se omiten los datos de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente ), manteniendo la reinserción de la precitada niña en su familia de origen, es decir, en compañía de su progenitora la ciudadana YESSICA DEL CARMEN TORRES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-15.319.956; asimismo se ordena efectuar un seguimiento de la reinserción de la niña de marras en su familia de origen, para tal fin se comisiona al Equipo Multidisciplinario de este Tribunal de Protección, quien deberá efectuar visita domiciliaria en la hogar donde habita la progenitora con la referida niña, de forma mensual, durante un lapso de seis (6) meses, más contados .....