Se dictó Resolución mediante la cual se ordena La REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de celebración de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar; consecuencia de lo anterior, se declaró la NULIDAD de los actos procesales ocurridos en el presente asunto a partir del día 10/08/2010, inclusive, ordenándose a tales efectos remitir el presente expediente al Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, con la finalidad que continúe conociendo de la sustanciación de la causa.-