Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demandada incoada por la ciudadana ANA IMER VARELA VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.159.808, contra el ciudadano JOSE ALEXANDER ZAMBRANO ROSALES, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-15.503.828, fundamentada en las causales contenidas en el Ordinal Segundo (2°) y Tercero (3°) del artículo 185 del Código Civil Venezolano, referido a el abandono voluntario y los excesos, sevicias o injurias graves que hagan imposible la vida en común. Y ASÍ SE DECIDE