Este Tribunal SEGUNDO (2DO.) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la presente solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, en beneficio de la niña (SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA),, quien actualmente cuenta con siete (07) años de edad, incoada por la ciudadana ANGELICA DEL CARMEN CONTRERAS ACOSTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-17.269.676, contra el ciudadano CHRISTIAN JOSE SANCHEZ ESPINOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-17.801.707. En consecuencia, se FIJA como monto de obligación de manutención la cantidad de UN MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES MENSUALES (Bs. 1.150,00) equivalen.....