Se dictó sentencia que declara INADMISIBLE, la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana SULEIKA DEL VALLE ROMERO MACHADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-11.566.515, actuando en nombre de su hijo el niño (SE OMITEN DATOS ART. 65 LOPNNA), de diez (10) años de edad, representada por su apoderado judicial el abogado JUAN LUCAS DE MACEDO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 128. 165, en contra de la ciudadana CARMEN SORAIDA YANEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.057.024. Líbrese lo conducente. Cúmplase.