/*En el día de hoy, 25/02/2013 se publicó in extenso de la declaratoria CON LUGAR de la solicitud ADOPCIÓN presentada por los ciudadanos EUMELIA DUBAY ANDRADE RODRÍGUEZ y OSWALDO ARTURO CABELLO NUÑEZ, a tal efecto, este Órgano Jurisdiccional dispone de conformidad con el artículo 501 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se DECRETA LA ADOPCIÓN NACIONAL PLENA y CONJUNTA del niño SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 DE LOPNNA, de dos (02) años de edad, a los solicitantes up supra identificados.-