Se dictó sentencia que imparte su respectiva HOMOLOGACIÓN, al convenio suscrito por los intervinientes en cada una de sus partes, dándole fuerza ejecutiva con carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 450 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el único aparte del artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo.-