SE DECLARÓ JUSTIFICATIVO DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus GUSDEIVY JESUS ALVARADO SOJO, quien fuera venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 19.255.970, a favor de la niña De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes.-