Se dictó sentencia mediante la cual este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, se declaró CON LUGAR la presente acción que por RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, fue presentada por el ciudadano JOSÉ LUIS IANNECE BORROME, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro V-8.928.902, padre del niño ------ años de edad. Como consecuencia de ello, se ORDENÓ la rectificación del acta de nacimiento Nro 2473 del año 2004, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, en el sentido que deberá corregir, donde se colocó, "JOSÉ LUIS YANNECE BORROME", deberá colocar: "JOSÉ LUIS IANNECE BORROME" manteniéndose intacta el resto del contenido de dicha acta. Asimismo, se ordenó librar oficio a las autoridades civiles correspondientes.