Esta Juez del Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cumplidas como han sido las disposiciones legales, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por ante este Tribunal, por los ciudadanos JACINTA MILAGROS FERREIRA GONCALVES y JOSÉ CARLOS ALVES FIGUEIR, venezolana y portugués el segundo, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.848.738 y E.-81.655.537, respectivamente; quienes contrajeron matrimonio en fecha 09 de octubre de 1982 por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria. Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta que corre inserta al folio 300 de la misma data. En consecuencia, se DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados ciudada.....