Se dictó RESOLUCIÓN mediante la cual este Tribunal DECLARO CON LUGAR el DIVORCIO, según solicitud de conversión presentada por los ciudadanos HUNGREY DELGADO BLANCO y GISSEL VICTORIA VELASCO FONSECA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.575.031 y V-16.556.532, respectivamente, debidamente asistidos por la ABG. EVELYN MOLLEDA BRACHO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 58.378, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil. Igualmente se HOMOLOGO lo acordado por los solicitantes en su escrito de solicitud, en cuanto a la Responsabilidad de Crianza: Cutodia, Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención de la niña SE OMITE LOS DATOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA.-