Esta Juez a cargo del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGO el acuerdo de Partición y Liquidación de los Bienes de la Comunidad Conyugal, suscrita por los ciudadanos JOSE CARLOS ALVES FIGUEIRA y JACINTA MILAGROS FERREIRA GONCALES, Portugués el primero, y venezolana la segunda, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. E-81.655.537 y V-6.848.738, respectivament, en los términos expuestos por ellos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejectutiva.