RESOLUCIÓN/ACLARATORIA HOM OM DH/Se dictó resolución en la cual este Tribunal ordena subsanar el error suscitado en el fallo dictado por este Despacho en fecha 4 de febrero de 2013, de la siguiente manera; donde se lee: "¿el progenitor se obliga a suministrar un quantum quincenal de BOLÍVARES UN MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.000,00)¿", lo cual es incorrecto, debe decir: "¿el progenitor se obliga a suministrar un quantum mensual de BOLÍVARES UN MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.000,00)¿", que es lo correcto, tal como se desprende del acta convenio de las partes. En consecuencia, queda subsanado dicho error material, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, la presente ACLARATORIA formará parte integral de la referida Sentencia. Asimismo se declara TERMINADO el presente asunto, en consecuencia, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO DEFINITIVO y su desincorporación del archivo.