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Decisiones del dia 07/02/2013

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños. Niñas y Adolescentes
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : AP51-J-2013-001512 N° Sentencia : PJ0472013000194 Fecha: 07/02/2013
Procedimiento:
Aclaratoria De Sentencia
Partes:
MARTÍN ADOLFO BRACHO AROCHA Y MEREDYT COROMOTO BASTARDO PEÑALVER, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NÚMEROS V-12.625.940 Y V-10.806.762, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
RESOLUCIÓN/ACLARATORIA HOM. OM DH/Se dictó resolución en la cual este Tribunal ordena subsanar el error suscitado en el fallo dictado por este Despacho en fecha 31 de enero de 2013, de la siguiente manera; donde se lee: "¿el progenitor se obliga a suministrar un quantum quincenal de BOLÍVARES QUINIENTOS CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 500,00)¿", lo cual es incorrecto, debe decir: "¿el progenitor se obliga a suministrar un quantum mensual de BOLÍVARES QUINIENTOS CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 500,00)¿", que es lo correcto, tal y como se desprende del acta convenio ut supra. En consecuencia, queda subsanado dicho error material, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del CPC. En tal sentido, la presente ACLARATORIA formará parte integral de la referida Sentencia. Asimismo se declara TERMINADO el presente asunto, en consecuencia se ordena su desincorporación del archivo.
Juez/Ponente:
Greyma Ontiveros
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños. Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : AP51-J-2013-001612 N° Sentencia : PJ0472013000193 Fecha: 07/02/2013
Procedimiento:
Aclaratoria De Sentencia
Partes:
ERICK ALFREDO CONTRERAS DURÁN Y YULIANY YARUBY HERRERA COLMENARES, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NÚMEROS V-15.844.592 Y V-15.837.230, RESPECTIVAMENTE
Resumen:
RESOLUCIÓN/ACLARATORIA HOM OM DH/Se dictó resolución en la cual este Tribunal ordena subsanar el error suscitado en el fallo dictado por este Despacho en fecha 4 de febrero de 2013, de la siguiente manera; donde se lee: "¿el progenitor se obliga a suministrar un quantum quincenal de BOLÍVARES UN MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.000,00)¿", lo cual es incorrecto, debe decir: "¿el progenitor se obliga a suministrar un quantum mensual de BOLÍVARES UN MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.000,00)¿", que es lo correcto, tal como se desprende del acta convenio de las partes. En consecuencia, queda subsanado dicho error material, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, la presente ACLARATORIA formará parte integral de la referida Sentencia. Asimismo se declara TERMINADO el presente asunto, en consecuencia, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO DEFINITIVO y su desincorporación del archivo.
Juez/Ponente:
Greyma Ontiveros
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños. Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : AP51-J-2013-001660 N° Sentencia : PJ0472013000192 Fecha: 07/02/2013
Procedimiento:
Aclaratoria De Sentencia
Partes:
LUÍS ENRIQUE PAZ RAMOS Y CAROLINA DEL VALLE CONTRERAS, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NÚMEROS V-16.497.071 Y V-10.787.301, RESPECTIVAMENTE
Resumen:
RESOLUCIÓN/ACLARATORIA HOM. CONV OM DH/Se dictó resolución en la cual este Tribunal ordena subsanar el error suscitado en el fallo dictado por este Despacho en fecha 4 de febrero de 2013, de la siguiente manera; donde se lee: "¿el progenitor se obliga a suministrar un quantum quincenal de BOLÍVARES UN MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.000,00)¿", lo cual es incorrecto, debe decir: "¿el progenitor se obliga a suministrar un quantum mensual de BOLÍVARES UN MIL CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.000,00)¿", que es lo correcto, tal y como se desprende del acta convenio ut supra. En consecuencia, queda subsanado dicho error material, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del CPC. En tal sentido, la presente ACLARATORIA formará parte integral de la referida Sentencia. Asimismo se declara TERMINADO el presente asunto, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del asunto y su desincorporación del archivo.
Juez/Ponente:
Greyma Ontiveros
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños. Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : AP51-V-2011-017011 N° Sentencia : PJ0472013000191 Fecha: 07/02/2013
Procedimiento:
Separación De Cuerpos Y Bienes
Partes:
JOSE DEL CARMEN SÁNCHEZ RONDÓN Y BETSI VERÓNICA BOLIVAR RAMOS, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-4.203.766 Y V-9.663.258 RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Se dictó resolución mediante la cual este Tribunal ordenó de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del CPC DECLARAR LA NULIDAD DE TODAS LAS ACTUACIONES SUBSIGUIENTES AL DECRETO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES DICTADO EN FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2011. Asimismo, como consecuencia del contenido de los artículos 185 y 194 del CC, así como la manifestación de Reconciliación hecha por la Apoderada Judicial de los ciudadanos JOSE DEL CARMEN SÁNCHEZ RONDÓN y BETSI VERÓNICA BOLIVAR RAMOS, quien se encuentra facultada para ello, es obvio que al caso que nos ocupa, le es aplicable el efecto de declarar terminado el presente procedimiento y ordenar su cierre y archivo. por último, se ordenó participar de lo aquí decidido a las oficinas de registro correspondiente.
Juez/Ponente:
Greyma Ontiveros
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños. Niñas y Adolescentes
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