DECLARAR-En el dia de hoy, 29-02-2012, se dictó sentencia mediante la cual este Juez del Tribunal 12 de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceras personas con igual o mejor derecho, DECLARA las presentes actuaciones como JUSTIFICATIVO DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del causante VILLAVERDE FERNANDEZ RENNY BLADIMIR, quien en vida era Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.769.410, a la ciudadana GIL MARIN ARGELIA COROMOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.617.568, y a su hijo, el niño se omiten datos, de tres (03) años de edad, de conformidad a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.