En el día de hoy 03/04/2014, se dictó resolución en la cual se AUTORIZA y declara CON LUGAR, la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR presentada por el ciudadano MARIO JOAO DA COSTA PAIXAO, portugués, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-81.387.175, debidamente asistido por el abogado PELLEGRINO CIOFFI DELGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 185.403, actuando en nombre de su hijo, de nueve (09) años de edad, por ser el mismo beneficiario de la De Cujus MARIA FERNANDA GOMS de DA COSTA, quien en vida fuera venezolana y titular de la cédula de identidad N° V-6.329.197, tal como se evidencia del Justificativo de Únicos y Universales Herederos expedido por el Tribunal (13°) de éste Circuito Judicial, en fecha 06/11/2013; todo lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 513 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente en concordancia con el artículo 269 del Código Civil