Se DECLARA LAS PRESENTES ACTUACIONES JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los niños, (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes) de nueve (09), seis (06) y cinco (05) años de edad, respectivamente, así como también de la ciudadana, CRUZ ROSMELYS GONZALEZ BULEN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V- 16.398.540