En mérito de lo antes expuestos, es por lo que esta Juez Décimo Quinta (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Declara CON LUGAR la presente demanda de CUMPLIMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana NIEVES MARIA SALAZAR CABRERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 6.868.646, en contra del ciudadano MANUEL GUILLERMO TOLEDO LINARES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 6.914.415, en beneficio de su hijo el adolescente *******, de dieciséis (16) años de edad. En consecuencia se ordena la ejecución forzosa de la sentencia dictada por la extinta Sala de Juicio N° 8 de este tribunal de Protección, en fecha 08/05/2003, ello de conformidad con el artículo 526 del Codigo de procedimiento Civil; por lo que se ordena descontar de las Prestaciones Sociales del ciudadano MANUEL GUILLERMO TOLEDO LINARES, v.....