Por todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR presentada por las ciudadanas ALIS VANESSA MONCADA CARDENAS y BARBARA PEÑA MEZA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.425.959 y V-14.558.257, en beneficio de sus hijos, los niños *** y la adolescente ***, de seis (06), tres (03) y doce (12) años de edad, respectivamente, por ser los mismos beneficiarios del De-Cujus OSKY SIDNEY NUÑEZ LOPEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 10.353.658, tal como se evidencia del Justificativo de Único.....