En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Elkin Alonso Ramírez Villa y Milca Del Carmen Ortiz de Ramírez, plenamente identificados en autos; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 24 de noviembre de 1969, ante la Prefectura del Municipio Coquivacoa, Distrito Maracaibo, estado Zulia, tal y como consta en el acta de la partida de matrimonio nº 564, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios nº 2, correspondiente al año 1969.
Ofíciese lo conducente a la Oficina del Registro Civil del Municipio Maracaibo, Parroquia Coquivacoa del estado Zulia, al Registrador Principal del estado Zulia y al Consejo Nacional Electoral (C.N.E.), a los fines legales consiguientes......