En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: con lugar el divorcio de los ciudadanos Carmen Luisa Prieto de Fontana y Rosario Giuseppe Fontana Casciola, plenamente identificados en autos; por consiguiente, disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 28 de octubre de 1989, ante el extinto Juzgado Tercero de Parroquia del Distrito Federal, tal y como consta en el acta de la partida de matrimonio nº 496, inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios correspondiente al año 1989.
Ofíciese lo conducente al Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al Registrador Principal del Distrito Capital y al Consejo Nacional Electoral (C.N.E.).
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