Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: FIRME en toda y cada una de sus partes, el decreto intimatorio dictado en este proceso en fecha 12 de noviembre de 2014, pasado como en autoridad de cosa juzgada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil.