En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Miguel Viviano Narvaez Torres y Carmen Lorenza López, plenamente identificados en autos; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 18 de diciembre de 1981, ante La Primera Autoridad Civil de La Parroquia Antimano, Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como consta en el acta de la partida de matrimonio nº 276, inserta en del Libro de Registro Civil de matrimonios correspondiente al año 1981.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de La Parroquia Antimano, Municipio Libertador del Distrito Capital; al Registrador Principal del Distrito Capital, y al Consejo Nacional Electoral, a los fines legales consiguientes.
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