En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la solicitud de conversión en divorcio del estado de separación legal de cuerpos y bienes de los cónyuges, ciudadanos Edgard Gómez Medina y Sandra Carolina Ramírez Vivas, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 6 de abril de 2009, ante la Primera Autoridad Civil la Parroquia Cecilio Acosta, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, según consta en acta nº 9, Folio 9 con su vto, de los libros respectivos correspondientes al año 2009.
Corolario de lo antes expuesto, se ordena participar del presente fallo al Registro Civil de la Parroquia Cecilio Acosta, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, al Registrado.....