III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos JORGE DEL MILAGRO PEREIRA DIAZ y MARIA ADELA ALVARADO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nos V- 5.971.057 y V- 6.557.976 respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los cónyuges en fecha 16 de enero de 2002. Se ORDENA librar oficios al Juzgado VIGESIMO de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al Registrador Principal del Distrito Capital y a la sede principal del Consejo Nacional Electoral, notificándoles lo conducente.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de l.....