I
ÚNICO
Vista la inasistencia de la parte actora a la audiencia de mediación, este Tribunal debe emitir el siguiente pronunciamiento:
Observa quien aquí sentencia que la parte actora, ciudadana HERMINIA LUISA PELAEZ BRUZUAL, previamente identificada, no compareció ni por sí ni por medio de apoderado alguno en la oportunidad fijada por este Despacho para que tuviere lugar la audiencia de mediación.
Vista tal circunstancia, cabe destacar que, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, cuando el demandante no comparece a la audiencia de mediación, se considerará desistido el procedimiento, terminando el proceso mediante sentencia oral que se reducirá en un acta motivada, la cual deberá publicarse en la misma fecha.
En consecuencia, visto que se verificó en autos el supuesto fáctico previsto en la citada disposición normativa, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida.....