A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA el Tribunal REPUSO LA PRESENTE CAUSA AL ESTADO DE QUE SE ADMITA NUEVAMENTE LA DEMANDA, y se ordene el emplazamiento de todos los llamados por el actor, a sostener la demandada incoada, estos son, los ciudadanos DI PRIETO CAPRIONI LUIGI, GINO DI PRIETO PASCUALONE y FRANCA DI PRIETO PASCUALONA. Como consecuencia de ello, se anulan todas las actuaciones contenidas en el presente expediente, desde el día 9 de febrero de 201, inclusive. No hubo costas, dada la naturaleza de fallo.