Se dictó sentencia definitiva, se declaró con lugar el desalojo por haber quedado demostrado en autos que la parte demandada incumplió el contrato, al estar deteriorado el inmueble, realizar reformas sin autorización y haber sub arrendado el mismo, todo ello conforme a los supuestos de hecho planteados en los literales e y g del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.