En virtud a la motivación efectuada, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y de Ejecución de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos ELEISA MARIBEL CARLINO ANDREA y MAURICIO ANTONIO AGUILAR FAGRE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.195.247 y V-16.813.963, respectivamente, decretada el 1º de julio de 2013 y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía. Asimismo se ordena participar de la presente decisión a las autoridades competentes, a los fines indicados en el artículo 506 del Código Civil Venezolano.