Por las razones y fundamentos expuestos, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la demanda de Desalojo incoada por el ciudadano FEDERICO SALOMON contra el ciudadano BLADIMIR ACOSTA JASPE, en consecuencia la parte demandada deberá entregar libre de bienes y personas el apartamento distinguido con el 143; situado en el lado Oeste del décimo cuarto (14ª) piso de la Torre Posterior del Edificio María Consuelo, ubicado en la Calle Sucre de Chacao, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda; previo cumplimiento a lo establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, contra el desalojo y la desocupación Arbitraria de Vivienda.-
SEGUNDO: Se condena en costa a la parte demandada, por resultar totalmente vencida.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despa.....