Por las razones y fundamentos expuestos, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se tiene por confesa a la ciudadana LUISA NORIEGA SALINAS, titular de la cédula de identidad Nº V-4.947.602, SEGUNDO: Con Lugar la demanda de Desalojo incoada por la Representación de la ciudadana SUSANA MARGARITA GRATEROL CISNEROS, titular de la cédula de identidad Nº V-6.230.852, en contra de la ciudadana LUISA NORIEGA SALINAS, titular de la cédula de identidad Nº V-4.947.602, por DESALOJO, en consecuencia la parte demandada deberá entregar libre de bienes y personas el apartamento distinguido con el Nro. 20-B, ubicado en el piso 20 del Edificio Parque Manfredi’s, situado en la calle Norte Nº 11, esquinas de Porvenir a Trabajo en la Jurisdicción de la Parroquia San José del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, previo c.....