En fuerza de los razonamientos y de las consideraciones expuestas, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares incoada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES MELEVIC 2020, C.A., contra el ÁNGEL ENRIQUE ABREU CALDERAS, por las Cuotas de Condominio causadas por el inmueble identificado como: "apartamento signado con el Nº PB-5A, situado en la planta baja del Edificio "A", del Condominio Las Iguanas, ubicado en la urbanización Los Canales de Río Chico, Segunda Etapa, Municipio Páez del Estado Miranda".
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada, ciudadano ANGEL ENRIQUE ABREU CALDERAS, a pagar la cantidad de Veintidós Mil Cuarenta y Seis Bolivares con siete céntimos (Bs. 22046,07), por concepto de Cuotas de Condominio vencidas causadas por el apartamento de su .....