En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que consagra el Derecho Constitucional al Debido Proceso, así como a lo establecido en el Artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, que dispone que el Juez es el director del proceso, este Tribunal niega la solicitud de reposición de la causa, y ordena librar la boleta de notificación al ciudadano RAFAEL LAUSER, en su condición de co-demandado en el juicio principal. Así se establece.-