Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos: FREDDY APARICIO ALVARADO y SELEXCIA DEL CARMEN DUN DE APARICIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.871.340 y V-6.226.503, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraídos en fecha 30 de noviembre de 1988, por ante la Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de acta de matrimonio Nº 171, del libro de matrimonios correspondientes al año 1988. Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Asimismo se acuerda notif.....