Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 20/03/2017

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AN3A-X-2016-000001 N° Sentencia : S-N Fecha: 20/03/2017
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
DAVID BENCID VS INVERSIONES E369
Resumen:
-PRIMERO: Se decreta Medida Cautelar de SECUESTRO sobre un local comercial, identificado con la letra "b", de la planta baja del edificio 369, ubicado en la calle Bolívar de la urbanización La Trinidad, Municipio Baruta del estado Miranda. -SEGUNDO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. -TERCERO: Dada la provisionalidad y revocabilidad de la medida decretada, se le señala a la parte actora que la falta de impulso procesal del juicio principal así como de la medida acarreará la suspensión de la misma.
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
arriba

N° Expediente : AP31-S-2017-001092 N° Sentencia : S-N Fecha: 20/03/2017
Procedimiento:
Justificativo Testigos Perpetua Memoria
Partes:
DACIELA YEPEZ
Resumen:
La norma antes transcrita establece claramente entre otras cosas las condiciones para interponer una solicitud graciosa como lo es la de acompañar a la misma los instrumentos fundamentales para interponerla, y en el caso que nos ocupa, se pudo constatar luego de un revisión detallada de la solicitud peticionada, que la solicitante, ciudadana DACIELA DE JESUS YEPEZ PEREZ, antes identificada, no acompañó en su Escrito de solicitud de JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA, ningún recaudo, limitando su actuación en ese sentido, a consignar escrito de solicitud, omitiendo la consignación de los anexos o recaudos que soporten los objetos esgrimidos en dicho escrito; en consecuencia, y no siendo posible verificar la concurrencia de los requisitos a que se contra el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, resulta forzoso declarar INADMISIBLE la solicitud impretada. Así se decide
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
arriba

N° Expediente : AP31-S-2016-009275 N° Sentencia : S-N Fecha: 20/03/2017
Procedimiento:
Inspección Judicial
Partes:
MARCELO REDRUELLO
Resumen:
Ahora bien, vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud, así como el desistimiento del procedimiento formulado en fecha 13 de marzo de 2017, por la abogada LUZ MARIA BOTERO VICUÑA, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARCELO EDUARDO REDRUELLO y VALERIA JUDITH STILMAN, ut supra identificados, este Tribunal luego de haber realizado una revisión exhaustiva de los autos, y no existiendo presunción alguna que el desistimiento que nos ocupa lesione o menoscabe de manera directa e indirecta derechos a terceros, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Asimismo, se ordena desglosar los documentos solicitados y devolverlos .....
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados