Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, así como la diligencia de fecha 18 de julio de 2014, suscrita por la representación judicial de la parte actora, abogado HENDER ZABALA LABARCA, antes identificado, mediante la cual solicita se de por terminado el juicio, en virtud que la parte demandada pagó las obligaciones contraídas, se suspendan las medidas decretadas, se ordene el archivo del expediente y se le devuelvan el original del documento de préstamo accionado que fue acompañado al libelo de demanda; tal situación comporta un desistimiento implícito del procedimiento y en razón de ello, éste Tribunal luego de haber verificado los poderes que corren insertos a los folios nueve (09) al doce (12) y del folio veintisiete (27) al treinta y uno (31) comprueba que el precitado apoderado tiene plena facultad para desistir en el presente juicio y por cuanto no existe presunción alguna que permita concluir que el desistimiento efectuado lesione o menoscabe de manera .....