-PRIMERO: NIEGA LA MEDIDA INNOMINADA, formulada por la Apoderada Judicial de la parte actora, abogada MARIA ALEJANDRA SALAZAR NOGUERA, plenamente identificada en el fallo, en contra de los ciudadanos CARLA RIVEROS MARTÍNEZ, LINDA MÁRMOL OLIVARES, FRANCISCO CALDERÓN, EDUARDO GINER LÓPEZ, FERNAN RODRÍGUEZ MORENO y RICARDO SANTANA SAN JUAN, en su carácter de Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Vocal 1, Vocal 2 y Vocal 3, respectivamente de la Junta de Condominio del Edificio Coral Gable, y a la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA JFG., C.A., todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil.