CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos MARIBEL ZAMBRANO CORTEZ y JOSÉ ALBERTO PACHECO MEJIAS, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 22 de enero de 1990, por ante La Prefectura del Distrito Guanare, Estado Portuguesa (hoy Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Guanare, Estado Portuguesa), cuya acta quedó inserta bajo el Acta Nº 38, Folio 125 vto , Tomo 1 del Libro de Matrimonios del año 1990. En tal sentido. Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión a la Primera Autoridad Civil del Municipio Guanare, Estado Portuguesa, y al Registrador Principal del Estado Portuguesa, a los fines de estampar la nota marginal respectiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 506 del Código Civil y en el Ordinal 6to del Artículo 101 de la Ley Orgánica de Registro Público. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo .....