Por las razones antes expuestas, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: VICTOR MANUEL LUGO CASTRO y LUIDI SUSANA ALVAREZ, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, en fecha 10 de noviembre de 2011, según acta distinguida con el Nº 210 expedida por la primera Autoridad Civil del Municipio Baruta, Estado Bolivariano de Miranda; se declara disuelta la comunidad conyugal