Por las razones antes expuestas, este JUZGADO UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por el ciudadano RONNY ALBERTO POLANCO GOMEZ.
PRIMERO: Disuelto el vínculo matrimonial, contraído en fecha 23 de agosto de 2012, por ante el Registro Civil de la Parroquia el Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, quedando asentada bajo el acta número 150; inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios del año 2012, de los ciudadanos RONNY ALBERTO POLANCO GOMEZ y CINTHYA JARVIELIS NAVARRO POLANCO.
SEGUNDO: Líbrense sendos oficios dirigidos al Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal del Distrito Capital, conforme a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil, anexándol.....