DISPOSITIVO DEL FALLO
En virtud a las consideraciones realizadas, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CONSTITUIDO EN HOGAR, a favor de los ciudadanos PEDRO ANTONIO URBNINA COLLS y MONICA VILLASUSO LOPEZ, antes identificados, un inmueble constituido por el apartamento Nº. 4-2, ubicado en el nivel "Planta P-2" del Edificio Nº. 4 del Conjunto Residencial Bosques de Villanueva, construido en la parcela "M-7" de la Avenida Los Mangos de la Urbanización Villanueva del Hatillo, Segunda Etapa, en jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, el cual esta distribuido en dos (2) pisos, tiene un área total de ciento setenta y ocho metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados (178,30 m2), de los cuales cincuenta y siete metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados (56,65 m2) corresponden al área.....