Se dictó Sentencia Interlocutoria mediante la cual se declaró SIN LUGAR, la cuestión previa opuesta, por la parte demandada prevista en el Ordinal 11º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil en el juicio que por Nulidad de Asamblea incoara Yliana Angelica Mejias Garay en contra de Sociedad Mercantil Gráfivoz, C.A.. Asimismo se condenó en costas, a la parte demandada, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil por haber resultado perdidosa en la presente incidencia. Por cuanto la decisión se dictó fuera de los lapsos previstos para ello, se ordenó la notificación de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem.