Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185 del Código Civil,
en concordancia con las Sentencias Nros. 1070 y 446 de fechas 9 de diciembre de 2016 y
15 de mayo de 2014, respectivamente, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, formulada por los MARIA YAIZA PEÑA ALTUVE y EFRE JOSE
FREAY STAND, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros.
V.- 12.347.367 y V.- 14.130.665, respectivamente, debidamente asistidos por la profesional
del derecho MARBELLA TORRES, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado Nº
127.888.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 29 de
diciembre de 2016, por ante el Registro Civil Ofi.....