Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley, DECRETA LA ADOPCIÓN PLENA, propuesta por los ciudadanos TERRY ANGEL MEJÍAS y LOURDES MARÍA BETANCOURT GONZÁLEZ, venezolanos, concubinos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V- 4.271.813 y V-3.884.884, respectivamente, respecto a la ciudadana GERALDINE CAROLINA BETANCOURT BETANCOURT, mayor de edad, venezolana, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-25.369.393, quien a partir del registro de la presente sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, llevará por nombre GERALDINE CAROLINA MEJÍAS BETANCOURT de conformidad con lo establecido en el articulo 31 de la Ley de Adopción. En consecuencia, dicho ciudadano gozará de todos los derechos legalmente para estos casos. A los fines de lo previsto en lo.....