III
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado los ciudadanos Ninoska Valentina Landaeta De Viloria y Osbel Daniel Viloria, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-10.523.441 y V-9.961.176, respectivamente; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 24 defebrero de 2000, ante la Oficina de Registro Civil delaParroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, acta nº 12, inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios correspondiente al año 2000.
Ofíciese lo conducente al Registro Civil de la Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital; al Registrador Principal del Distrito Capital y al Co.....